El compliance officer y el fiscalista interno

Las funciones del tax compliance officer y las del fiscalista interno, ¿son las mismas?

 

El primer objetivo de un programa de compliance tributario no es otro que el de reducir los riesgos de la empresa en materia tributaria. Esta afirmación, que parece obvia, puede desagregarse en las siguientes tareas que en el entorno del compliance, -tributario o no-, son igualmente lugares comunes con variaciones más o menos significativas. Así el compliance tributario implica:

  • identificación de riesgos;
  • análisis y jerarquización de riesgos;
  • gestión de riesgos y propuesta de medidas correctivas y reductoras del riesgo, en definitiva, de un proceso y una técnica efectivos de control de riesgos fiscales;
  • implementación de las medidas adoptadas; y
  • revisión y control permanente de la aplicación y efectividad de las medidas adoptadas, para su mejora.

 

Una de las tareas más relevantes, sino la más, del compliance officer es precisamente asegurar que ese proceso de compliance, ese círculo virtuoso, se diseñe y se ejecute. El compliance officer es quien debe velar por el proceso. Esta es una tarea que puede desempeñar adecuadamente un fiscalista o quien no lo sea. Lo que se requiere para ella es un conocimiento profundo del proceso de compliance y al menos un somero conocimiento tributario no necesariamente profundo del fondo del asunto. De la misma forma que no hace falta ser un consumado penalista para ser un excelente compliance officer en la materia cubierta por la norma UNE 19601, creemos que no es necesario ser un experto tributarista para hacer cumplir el contenido de la norma UNE 19602.

Pero, ¿basta con eso para organizar un proceso de compliance tributario eficaz?

En el ámbito tributario, la complejidad de la materia que es objeto del proceso requiere que en el compliance tributario se involucren de forma intensiva también profesionales con un sólido conocimiento tributario.

A nuestro juicio, aunque se refieren al mismo proceso, las tareas propias de la función del compliance officer y las del experto no son las mismas, incluso cuando quien las ejecute sea la misma persona.

El fiscalista interno debe entender el proceso de compliance, por supuesto, pero además es quién:

  • mejor puede conseguir que los riesgos fiscales y de reporte tributario sean bien comprendidos, en la medida necesaria en cada caso, por las personas que pueden generarlos o reducirlos;
  • es también quien mejor puede determinar en qué momento y qué controles deben establecerse en relación con esos riesgos.
  • Por otra parte, seguramente, en la inmensa mayoría de los casos, es el fiscalista interno quien mejor puede revisar periódicamente los criterios seleccionados para la medición del riesgo y las medidas propuestas para mitigarlo.
  • Todavía más importante es que de forma proactiva el fiscalista investigue qué decisiones, actuaciones y procesos de la organización empresarial comportan implicaciones fiscales significativas.
  • Además, es quien mejor puede explicar el riesgo fiscal a la organización, es decir a las unidades de negocio, los directivos, los administradores y demás implicados.

 

Estamos convencido de que todas las funciones someramente descritas pueden afrontarse con el objetivo de generar valor para la compañía. El proceso de puesta en marcha de un sistema de cumplimiento tributario es una excelente ocasión para aumentar la visibilidad de la fiscalidad en la empresa; para asegurar que todo aquel que deba tener en cuenta las implicaciones fiscales en sus tareas, lo haga; para asegurar también que la reputación fiscal de la empresa mejore, es decir que los terceros que tienen contacto con las unidades de negocio perciban la buena política tributaria de la empresa. Es un buen momento también para mejorar en materia de transparencia fiscal, para recabar datos e información que puedan servir para propiciar un cambio en las relaciones con una administración tributaria que cada vez más tendrá que ir derivando hacia un modelo colaborativo que, de una u otra forma, premie a las empresas capaces de cumplir mejor y de forma más transparente con sus obligaciones tributarias.  (Si no lo hace, el sistema está condenado a fracasar).

 

La fiscalidad de la empresa en el siglo XXI plantea nuevos retos y nuevos objetivos. Para alcanzarlos, -estamos convencidos-, va a hacer falta utilizar la mejor tecnología disponible. Nuestro software, -My OPTIMíS/CEGID TAX ULTIMATE-, está elaborado precisamente para afrontar esos retos; para que el trabajo se haga en equipo; para que todos los cálculos y reglas se hagan y apliquen de forma automática y sin error humano; para que toda la información fiscalmente relevante esté disponible y sea comprensible para cualquier usuario presente y futuro; para que las implicaciones de una u otra opción en el impuesto sobre sociedades se vean en tiempo real y las decisiones puedan tomarse con toda la información precisa y rigurosa. La complejidad de los retos es grande y afrontarlos sin apoyo tecnológico es cada vez menos posible.

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