¿Qué gana la empresa con un sistema de compliance tributario?

¿Qué puede ganar la empresa con un sistema de compliance tributario?

En MyOPTIMíS somos particularmente sensibles en materia de compliance tributario. Está en la esencia de lo que hace nuestro software para el impuesto sobre sociedades y para la gestión de la fiscalidad internacional. En una serie de artículos vamos a proponer algunas reflexiones para considerar en relación con algunas materias relevantes para la empresa en el campo del compliance tributario.

En concreto, reflexionaremos sobre:

  1. Beneficios del compliance tributario para la empresa;
  2. ¿Cómo diseñar un sistema de compliance tributario?;
  3. El compliance tributario y el Impuesto sobre Sociedades;
  4. ¿Qué tendrá que hacer el compliance officer en materia tributaria?

La que será seguramente muy próxima publicación de una norma general como la UNE 19602 sobre compliance tributario es novedad en España y es también un paso muy adelantado en el mundo. Es obligado tenerla muy en cuenta y considerar el contexto en el que surge y otras normas similares ya existentes, por ejemplo, en el ámbito penal. A nuestro juicio, puede verse como una muy buena oportunidad para mejorar la gestión y la rentabilidad.

¿Qué gana la empresa poniendo en marcha un sistema de compliance tributario?

Es una buena pregunta porque no hay una obligación formal expresa de establecer tal sistema. No lo exige así la norma UNE 19602, ni ninguna otra norma. Por tanto, ¿por qué motivo debería una empresa implantar un sistema de ese tipo que a priori supondrá incurrir en una inversión, que como todas las empresariales debería rentabilizarse?
Apuntamos algunos beneficios que creemos puede aportar un sistema de compliance tributario:

1. Reducción del riego (y muy probablemente del gasto) tributario.

La mera implantación de un sistema de compliance tributario permitirá a toda la empresa, no solo al departamento fiscal o financiero, conocer y gestionar mejor sus obligaciones fiscales y por lo tanto contribuirá a reducir el riesgo fiscal en que incurre la empresa por las actuaciones de sus empleados en cualquier ámbito. Obviamente, este riesgo no es exclusivo del departamento fiscal. De hecho, en muchas ocasiones deriva de actuaciones en otras áreas de la empresa que quizás no cuentan con suficiente información ni conocimiento de las implicaciones fiscales de sus actuaciones. Por ejemplo, una decisión del área de ventas sobre qué entidad de un grupo debe vender a terceros determinados productos afecta sin duda al IVA al IS y a otros impuestos. La implantación de un sistema de compliance tributario con sus procesos y protocolos, como mínimo, supondría que los departamentos y personas de la empresa con menos conocimiento de las implicaciones fiscales de sus actuaciones, tuvieran en cuenta que tales implicaciones existen y deben considerarse.

2. Seguridad jurídica y relación colaborativa, predecible y estable con la administración.

Hace ya mucho tiempo que una de las preocupaciones críticas en el ámbito tributario empresarial es la de ganar seguridad jurídica y establecer un marco de relaciones con la administración y muy concretamente con la inspección tributaria que sea predecible y estable. Quedó atrás el objetivo principal de “ahorrar impuestos”. Un sistema de compliance tributario debe permitir a la empresa cambiar la forma de relacionarse con la administración. Está en el corazón del concepto de Buenas Prácticas Tributarias. La empresa podrá aumentar el grado de transparencia con el que se relaciona con la administración fiscal y podrá minimizar su riesgo de inspección, -o incluso eliminarlo si algunas de las manifestaciones de los representantes de la Administración se acaban concretando-, sustituyéndolo por una relación en la que se establezcan las implicaciones fiscales de las actuaciones de la empresa a priori y no sólo se comprueben y fiscalicen a posteriori. Por supuesto, esto exige que la contraparte, es decir la administración tributaria, comparta el objetivo. Por el momento, lo hace en las manifestaciones de algunos de sus representantes, pero debe pasar a los hechos.

3. Mejora en la reputación pública de la empresa y más facilidad en la contratación.

En los últimos años se han conocido y se siguen conociendo muchos casos de empresas que han implementado estructuras de planificación fiscal que aun siendo perfectamente legales han dañado su reputación pública. El grado de complejidad de la tributación empresarial es tal que resulta muy difícil dar explicaciones técnico-jurídicas que resulten comprensibles y asumibles por el público. El cumplimiento de la legalidad ya no es suficiente para asegurar una reputación de buen ciudadano corporativo. La puesta en marcha de un sistema de compliance tributario, muestra sin duda transparencia y buena fe y produce confianza pública en la empresa. Además, la práctica contractual empresarial ya exige en muchos casos que las partes justifiquen su sometimiento al cumplimiento de las mejores prácticas laborales, penales o incluso ecológicas. Es en nuestra opinión más que probable que en un futuro cercano, las fiscales se incluyan en esa lista.

4. Mejora en la gestión empresarial.

Aunque sea el último de los puntos que mencionamos, su relevancia no es menor. Un sistema de compliance tributario puede y debe orientarse también a contribuir a una mejora de la gestión empresarial. Debe orientarse a servir para aumentar la información económica disponible en materia tributaria y para producirla en tiempo real en el momento de la toma de decisiones, no sólo de aquellas decisiones corporativas muy significadas, sino de decisiones y procesos ordinarios de la empresa, del día a día. La información es valor y disponer de ella lo antes posible, idealmente en tiempo real, sin duda facilita y mejora la gestión. Con más datos y más pronto se decide mejor.

La aparición de la norma UNE 19602 puede aprovecharse como una buena oportunidad para mejorar la gestión de las materias tributarias de la empresa y para integrarlas aún más en el proceso de gestión en su conjunto. La fiscalidad salió hace tiempo de los departamentos fiscales de la empresa para estar también en la mesa de los directivos y gestores. Las nuevas tecnologías ya permiten dar un paso más y pueden contribuir a gestionar mejor las implicaciones fiscales de los procesos ordinarios en cualquier organización. La implantación de un sistema de compliance tributario puede ser una buena ocasión para reflexionar sobre esto.

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